MONOCROMIA
COLOR ROJO
Cuando algo presenta una sola tonalidad, por lo tanto, se
lo menciona como monocromo o como monocromático. Tomemos el caso de
una camiseta roja: la totalidad de su superficie es de dicho tono,
sin ningún detalle o dibujo.
Debido a esa característica, puede decirse que se trata de una camiseta
monocroma.
Realiza un circulo cromático del color rojo,
comenzando del rojo oscuro al rojo mas claro que puedas obtener.
PAISAJE MARINO
Se define paisaje acuático o marino como una parte del paisaje natural que toca el tema del agua en específico.
Los mares, ríos y océanos son los principales bases de un
paisaje acuático. sin embargo, existen otros factores
que entran a ser personajes secundarios en estos tipos
de paisajes como lo son las playas o costas, embarcaciones y hasta la misma fauna (marina).
En conclusión, los paisajes acuáticos no han sido
modificados por el hombre (naturales), pero se centran
principalmente en un entorno que gira con base al
agua.
ACTIVIDAD
1. De una revista, recorta un paisaje marino, describe por qué te gusto y realiza un listado de los colores que se observan en la imagen.
2. Elabora en el cuaderno el siguiente dibujo de paisaje marino y coloréalo a tu gusto
1 Semana N.º 27, Agosto 16 al 19
Semana N.º 22, Julio 11 al 15
Sabías
que muchos de los colores que vemos han salido de la mezcla de los colores
primarios? Esto sucede cuando mezclamos el amarillo, el azul y el rojo.
Dependiendo como los mezclemos esto dará como resultado los colores
secundarios.
1. Al mezclar el amarillo y el rojo resulta el
naranjado
2. Al mezclar el amarillo y el azul resulta el
verde
3. Al mezclar rojo y el azul resulta el violeta
Semana N.º 15, Mayo 2 al 6
Trabajar el tema de la semana anterior
ORIENTACIÓN DE GRUPO Nº1 MANUAL DE CONVIVENCIA - ENERO 2022 |
Medellín, enero de 2022
LEER Y EXPLICAR
¡TODOS POR UNA EXCELENTE DISCIPLINA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSE CELESTINO MUTIS!
La disciplina escolar es fundamental para el buen funcionamiento de una institución educativa, y es además un mecanismo para las buenas relaciones entre los estudiantes y sus docentes, entre estudiantes, entre padres de familia y la institución.
Generalmente encontramos estudiantes que no cumplen con las normas establecidas en el manual de convivencia: puntualidad, buena presentación, respeto a la autoridad, respeto a los compañeros y a sus bienes, responsabilidad en tareas y compromisos escolares entre otras. Estudiantes que se ven sometidos a llamados de atención, anotaciones, sanciones y/o suspensiones.
Yo incurro en indisciplina cuando…
· No hago las tareas.
· Demoro mucho para llegar al aula
· Olvido dónde están los útiles escolares.
· No sigo instrucciones. .
· Hablo demasiado en clase.
· Interrumpo frecuentemente.
· Me quedo fuera de clases
· Atropello todo lo que se hace.
· Tiro basura al suelo, no me gusta recogerla.
· Juego brusco y violento.
· Manipulo descuidadamente objetos y los destruyo.
· Tengo poca o ninguna tolerancia a la frustración.
· Soy propenso a rabietas y a la agresión.
· Me dirijo de forma grosera a mis compañeros y docentes
· Me distraigo y no me concentro.
· Solo pienso en mi bienestar, no me interesan los demás.
Recordemos algunos puntos importantes de nuestro Manual de convivencia:
1. Uniforme (Ver manual de convivencia)
2. Deberes y derechos de los estudiantes (Ver manual de convivencia)
3. Situaciones comportamentales de los estudiantes que afectan la convivencia y serán sancionadas (Ver manual de convivencia):
Situaciones tipo I : Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
Situaciones tipo II : Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no poseen las características de la comisión de un delito y que cumplen con las siguientes características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40)
Situaciones tipo III :Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
4. Puntualidad y asistencia a la institución y/o a las clases
No hay comentarios.:
Publicar un comentario